
Ambasciata d’Italia a Lima
LICENCIA DE CONDUCIR
La renovación de las licencias de conducir está prevista para los ciudadanos italianos residentes en el extranjero, regularmente inscritos en el A.I.R.E. (Anagrafe degli Italiani Residenti all’Estero – Registro de los italianos residentes en el Extranjero) o domiciliados en el extranjero – no por motivos turísticos – por un período de por lo menos 6 meses. Dicha renovación será efectuada por la Embajada o Consulado competentes de acuerdo a su país de residencia.
CÓMO RENOVARLA:
1. Ponerse en contacto con el médico de confianza de la Embajada que procederá a verificar los requisitos psico-físicos en base a las normas legales italianas y a su reglamentación indicada por el Ministerio de Transportes.
2. El concordar una cita para la consulta médica es de competencia del usuario así como la cancelación de los honorarios al médico corresponde directamente a los conciudadanos interesados.
3. Apenas concluida la consulta médica, llevar el certificado di idoneidad a un empleado de la Embajada. A dicho certificado le será aplicada una tasa, a cargo del solicitante, de € 14.62 equivalentes a S/. 63.00.
4. Para efectuar la confirmación de la validez de la licencia de conducir, se aplicará el articulo 75 de la Tabla de Derechos Consulares en vigencia desde el 1.11.1997, que debe ser cobrada por las oficinas diplomáticas y consulares, de € 6.20 equivalentes a S/. 27.00.
5. El total a pagar es de S/. 90.00.
La página que contiene la certificación de la renovación de la licencia, puede ser conservado por el interesado adjunto a la licencia misma o en un lugar separado. No es necesario mantener unida la certificación a la licencia.
Avisos legales
|
credits | F.A.Q.